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Certificado para circular: guía completa para saber cuál venció, cómo renovarlo y hasta cuándo usarlo

Certificado para circular guía completa para saber cuál venció cómo renovarlo y hasta cuándo usarlo
Varios de los permisos vigentes caducan con la implementación de los 9 días de confinamiento por el regreso a Fase 1. Otros siguen vigentes. Y algunos pueden retramitarse. Los detalles.

Desde este viernes 21 de mayo a las 20 rige en buena parte del país un período de confinamiento que se extenderá por nueve días hasta las 24 del 30 de mayo. El regreso a Fase 1 en las localidades más golpeadas por la pandemia de coronavirus fue anunciado el jueves por el presidente Alberto Fernández. Con las nuevas restricciones, vuelven a tener permitida la circulación sólo las actividades esenciales. Y se modifican varios aspectos de los permisos de circulación que estaban vigentes.

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Permisos vigentes

Para los trabajadores esenciales, que incluyen a los de la salud, las fuerzas de seguridad, supermercados y toda la cadena de industria y comercio de la alimentación, medios de comunicación, funerarias y lavanderías, entre otros siguen vigentes los permisos que ya estaban otorgados.

El permiso de circulación puede llevarse en la App Cuidar, en Mi Argentina o ser descargado de la web y guardado en un dispositivo móvil o imprimirse.

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No hay obligación de usar una app en particular pero sí es obligatorio para circular tener el permiso encima con alguna de estas modalidades.

Se debe tener en cuenta, además, que el transporte público sigue siendo de uso exclusivo para el personal esencial y se anunciaron distintos operativos para incrementar los controles a la circulación durante los 9 días de confinamiento.

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Permisos que caducan

Desde el Gobierno informaron que serán dados de baja los permisos que se habían otorgado para trabajadores de actividades no esenciales, los de 24 y 48 horas para situaciones especiales y los de escolaridad presencial. Todos esos pueden volver a tramitarse.

Los permisos de vacaciones, en cambio, se dan de baja sin posibilidad de sacarlos nuevamente.

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Actividades esenciales

Como ocurrió con la etapa de aislamiento de 2020, hay una serie de actividades y circunstancias que eximen a las personas del cumplimiento del confinamiento.

Esas son:

  • Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
  • Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
  • Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
  • Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
  • Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
  • Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
  • Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  • Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  • Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
  • Personal afectado a obra pública.
  • Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  • Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
  • Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
  • Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
  • Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  • Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
  • Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
  • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  • Servicios de lavandería.
  • Servicios postales y de distribución de paquetería.
  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
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